Las empresas cada vez deben de cumplir más requisitos formales de cara a la administración, pues el cerco se estrecha de manera muy firma para evitar que las empresas realicen operaciones sin declarar, algo que en cualquier caso sigue pasando porque a todo el mundo le interesa.
Es bien conocido la frase de “¿Esto lo hacemos sin IVA, no? Las empresas profesionales responden siempre que no, pues de lo contrario se estarían falseando los registros contables, algo que además de conllevar sanciones, puede generar responsabilidad del administrador de la sociedad en caso de deudas.
Siendo esto así, las empresas deben de decidir si realizar por ellos mismos todas las liquidaciones de impuestos, deducciones a la seguridad social de los trabajadores, comunicación de contratos y un largo etcétera de obligaciones, o derivar todas estas tareas a una gestoría.
Esta opción es la más adecuada para muchas empresas que no tienen suficientes recursos para gestionar por ellos mismos un departamento con estas funciones. Además las gestorías ofrecen muchos otros servicios que son de gran valor, como podría ser el asesoramiento jurídico.
Si este último caso es el que te interesa, nosotros podemos recomendar a Gestoría Toledano, ubicada en Alicante encontrará un equipo de profesionales compuesto por gestores, abogados, economistas y graduados sociales preparados para atenderle en todo momento.
A continuación, vamos a ver uno de los grandes problemas recurrentes para todos los empresarios, como es la declaración trimestral del IVA. Es importante saber los plazos, el modelo que debemos de estudiar, y también cuando debemos de pagar o ingresar IVA.
Cómo presentar la declaración trimestral del IVA
Las liquidaciones del IVA se presentan entre el 1 y el 20 de abril, julio y octubre. Aunque no podemos olvidarnos de que el último periodo de liquidación se realiza entre el 1 y 30 de enero del año siguiente. Así mismo, hay que tener en cuenta que algunas empresas tienen que presentar el IVA de manera mensual, y en este caso se presentará el 1 y 20 de cada mes, si bien el último periodo de liquidación será entre el 1 y 30 del año siguiente.
El modelo para presentar la declaración trimestral es el formulario 303, y memoriza este número, porque de lo contrario puedes encontrarte con recargos y sanciones. Este modelo t iene carácter periódico y ha de ser presentado por los sujetos que lleven a cabo cualquier tipo de operación comercial.
El formulario permite generar un pdf para su presentación en papel en entidades colaboradoras si el resultado es “a ingresar”, en oficinas de la Agencia Tributaria si el resultado es “a compensar” o “sin actividad” o en ambos lugares si el resultado es “a devolver”.
A la hora de presentarlo puedes hacerlo por diferentes vías. Las personas físicas, no obligadas a utilizar la firma electrónica avanzada, podrán presentar sus declaraciones mediante la utilización de la Cl@vePIN (antiguo PIN24H) o mediante la presentación del formulario del modelo 303 impreso (generado mediante el servicio de impresión ubicado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria). El plazo de presentación con domiciliación bancaria será del 1 al 20 de octubre.
Las entidades no obligadas a usar la firma electrónica avanzada, podrán presentar su declaración, mediante la presentación del formulario del modelo 303 impreso (generado mediante el servicio de impresión ubicado en la Sede Electrónica). Y por último tenemos a los obligados a usar la firma electrónica avanzada, l as Administraciones Públicas, aquellos obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de la Unidades de Gestión de Grandes Empresas, los obligados tributarios cuyo período de liquidación coincida con el mes natural, y las entidades que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada, están obligadas a la presentación electrónica por internet con firma electrónica avanzada.
Por último, vamos a hablar de algunos conceptos importantes que hay que tener muy claros. Es el caso del concepto “a ingresar” que es el resultante de la casilla 71, y si es positivo se debe de efectuar el ingreso. La declaración “con solicitud de devolución” resulta cuando el resultado de la casilla 71 es negativo, y se utiliza para solicitar la devolución.